De acuerdo con la ley en el estado de California bajo el Código de negocios y profesiones 25631 BPC, cualquier venta de alcohol realizada por cualquier establecimiento ya sea para consumo fuera o dentro de dicho establecimiento, como licorerías con licencia para vender bebidas alcohólicas, además de incluir a cualquier representante o empleado que sea partícipe del acto, será declarado culpable de un delito menor si entrega, vende o regala a cualquier persona cualquier bebida alcohólica o cualquier persona que compre conscientemente cualquier bebida alcohólica entre las 2 de la mañana y 6 de la mañana del mismo día.
En el caso de que el día en que se realizó la compra, se produzca un cambio de horario del horario estándar del Pacífico al horario de verano del Pacífico, o de nuevo al horario estándar del Pacífico, “2 en punto de la mañana” significa dos horas después de la medianoche del día anterior al día en que se produce dicho cambio.
Castigo por vender alcohol después de las horas permitidas en California
Este delito es tratado como un delito menor por naturaleza y la pena es de hasta 6 meses de prisión o multa de hasta $ 1000
Defensa
- Detención ilegal
- Sin evidencia
- Acusación falsa
- Posesión de licencia especial para circunstancias específicas y eventos
Abogado de Defensa Criminal de Los Ángeles
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