CP 13778.3 de California: Protecciones para la Atencion Medica Afirmativa de Genero y Reproductiva Defensa contra Acciones Interestatales
Las actividades de atencion medica legalmente protegidas Y los requisitos de NO COOPERACION gubernamental: LAS ACTIVIDADES DE ATENCION MEDICA LEGALMENTE PROTEGIDAS: La Seccion 13778.3 del CP incorpora definiciones del Codigo de Instituciones de Bienestar y para establecer protecciones integrales para:
(1) ATENCION MEDICA AFIRMATIVA DE GENERO servicios medicos, de salud mental y de apoyo que estan legalmente autorizados bajo la ley de California pero pueden estar prohibidos en otras jurisdicciones. Las protecciones se extienden a los profesionales medicos, proveedores de salud mental y personal de apoyo que prestan estos servicios dentro del marco legal de California;
(2) SERVICIOS DE SALUD REPRODUCTIVA la incorporacion de las definiciones de servicios de atencion medica reproductiva garantiza una cobertura integral para los servicios de aborto, la atencion anticonceptiva y las actividades de salud reproductiva relacionadas.
LOS REQUISITOS OBLIGATORIOS DE NO COOPERACION PARA EMPLEADOS GUBERNAMENTALES: La Seccion 13778.3 PROHIBE a los empleados del gobierno estatal y local cooperar o proporcionar informacion a agencias de otros estados con respecto a actividades de atencion medica legalmente protegidas. Esta prohibicion se extiende a las entidades contratadas y a aquellas que actuan en nombre de las agencias gubernamentales incluyendo agentes de la ley, fiadores y otros agentes.
LAS RESTRICCIONES INTEGRALES DE RECURSOS: El estatuto prohíbe el gasto de recursos estatales y locales incluyendo tiempo, dinero, instalaciones, propiedad, equipo y personal en apoyo de investigaciones que buscan imponer responsabilidad por actividades de atencion medica legalmente protegidas.
Los REQUISITOS DE DECLARACION JURADA para proceso legal de otros estados Y las protecciones para corporaciones de California: LOS REQUISITOS DE DECLARACION JURADA PARA EL PROCESO LEGAL DE OTROS ESTADOS: La Seccion 13778.3 requiere que las citaciones, ordenes judiciales y otro proceso legal de otros estados incluyan declaraciones juradas o declaraciones bajo pena de perjurio que establezcan que el descubrimiento NO esta relacionado con procedimientos relativos a actividades de atencion medica legalmente protegidas, a menos que se apliquen excepciones especificas. Este requisito de declaracion jurada crea barreras procesales al proceso legal inapropiado mientras proporciona a las entidades de California estandares claros para evaluar sus obligaciones.
LAS EXCEPCIONES PARA LITIGACION CIVIL LEGITIMA: El estatuto proporciona excepciones limitadas para procedimientos de otros estados que cumplen requisitos especificos incluyendo estar basados en derecho de daños o contractual, ser accionable bajo la ley de California, y ser iniciados por pacientes o sus representantes legales.
PROTECCIONES PARA CORPORACIONES DE CALIFORNIA QUE PRESTAN SERVICIOS DE COMUNICACION ELECTRONICA: La Seccion 13778.3 aborda especificamente a las corporaciones de California que proporcionan servicios de comunicacion electronica o de computacion remota, requiriendoles NEGARSE a cumplir con el proceso legal de otros estados que carece de las declaraciones juradas requeridas.
EL AMPARO LEGAL PARA LA CONFIANZA DE BUENA FE EN DECLARACIONES JURADAS: El estatuto proporciona proteccion de amparo legal para las corporaciones que confian en las representaciones hechas en las declaraciones juradas requeridas, reconociendo que las corporaciones no deben cargar con la responsabilidad de investigar de manera independiente los propositos del proceso legal de otros estados. CONSIDERACIONES CONSTITUCIONALES: Las restricciones de la Seccion 13778.3 sobre la cooperacion con la aplicacion de la ley de la atencion medica de otros estados plantean preguntas constitucionales complejas sobre el comercio interestatal, la plena fe y credito, y la supremacia federal que pueden requerir resolucion del tribunal federal.
La Seccion 13778.3 del Codigo Penal de California establece protecciones extensas para los individuos que proporcionan o reciben atencion medica afirmativa de genero y servicios de salud reproductiva mientras crea barreras para los esfuerzos de aplicacion de la ley de otros estados que se dirigen a estas actividades legalmente protegidas. Desde la perspectiva de un abogado defensor, este estatuto proporciona protecciones cruciales para los proveedores de atencion medica, los pacientes y las entidades de apoyo.
Aplicaciones estrategicas de defensa y coordinacion de tribunales federales y estatales
Cuando los clientes enfrentan acciones de aplicacion de la ley de otros estados que se dirigen a actividades de atencion medica legalmente protegidas en California, la Seccion 13778.3 proporciona bases estatutarias integrales para desafiar tales esfuerzos de aplicacion de la ley. Las estrategias de defensa deben enfatizar las protecciones explicitas de California para la atencion medica legalmente protegida mientras se usan los requisitos de no cooperacion estatutarios para prevenir la asistencia a las investigaciones de otros estados. Los casos que involucran las protecciones de la Seccion 13778.3 pueden plantear preguntas jurisdiccionales complejas sobre la autoridad del tribunal estatal versus federal cuando las cuestiones constitucionales se intersectan con las protecciones de la ley estatal.
Defensa de privacidad de la atencion medica e informacion y medidas de cumplimiento corporativo
- Proteccion de la privacidad de la atencion medica e informacion. Las restricciones de intercambio de informacion del estatuto y los requisitos de proceso legal proporcionan herramientas importantes para proteger la privacidad de la atencion medica cuando los clientes enfrentan solicitudes inapropiadas de informacion de atencion medica de autoridades de otros estados. Las estrategias de defensa de la privacidad deben incorporar protecciones estatutarias junto con las leyes de privacidad de atencion medica tradicionales.
- Defensa de cumplimiento corporativo. Las corporaciones de California que enfrentan presion para cumplir con el proceso legal inapropiado de otros estados pueden usar los requisitos de no cumplimiento de la Seccion 13778.3 como justificacion para negarse a cooperar mientras mantienen la proteccion legal. Las estrategias de defensa de cumplimiento corporativo deben enfatizar las obligaciones estatutarias mientras demuestran esfuerzos de buena fe para cumplir con el proceso legal legitimo que cumple los requisitos estatutarios.
- Reclamaciones de derechos civiles y constitucionales. Las violaciones de los requisitos de proteccion de la Seccion 13778.3 pueden apoyar reclamaciones de derechos civiles bajo la ley federal y estatal cuando los agentes gubernamentales exceden su autoridad o violan las protecciones estatutarias para las actividades de atencion medica. Los desafios constitucionales a la aplicacion inapropiada pueden abordar tanto las violaciones estatutarias especificas como las protecciones constitucionales mas amplias para la privacidad de la atencion medica.
Preguntas frecuentes CP 13778.3 Protecciones de Atencion Medica en California
Soy un proveedor de atencion medica que presta servicios de atencion medica afirmativa de genero en California. Otro estado quiere que el hospital de California donde trabajo proporcione mis registros de pacientes. Puede el CP 13778.3 evitar que el hospital cumpla?
SI y esta es exactamente la proteccion para la que fue disanada la Seccion 13778.3. LA RESPUESTA DIRECTA: Si el proceso legal de ese otro estado no incluye la declaracion jurada requerida que establece que el descubrimiento no esta relacionado con procedimientos sobre actividades de atencion medica legalmente protegidas, el hospital de California NO SOLO PUEDE potencialmente DEBE negarse a cumplir.
COMO FUNCIONA LA PROTECCION:
(1) EL REQUISITO DE DECLARACION JURADA la Seccion 13778.3 requiere que las citaciones o solicitudes de otros estados incluyan una declaracion jurada bajo pena de perjurio que certifique que la solicitud no esta relacionada con investigar o procesar la atencion medica afirmativa de genero. Si el proceso de ese otro estado carece de esta declaracion jurada o la declaracion es falsa, el hospital puede negarse a cumplir;
(2) LA PROHIBICION DE COOPERACION PARA EMPLEADOS los empleados del hospital que son empleados gubernamentales (si el hospital es publico) estan prohibidos de cooperar con investigaciones de la atencion medica legalmente protegida;
(3) EL AMPARO LEGAL si el hospital se basa de buena fe en una declaracion jurada que luego resulta ser falsa, la Seccion 13778.3 proporciona proteccion de amparo legal para el hospital.
LAS EXCEPCIONES QUE PUEDE INTENTAR EL OTRO ESTADO: El otro estado podria argumentar que la solicitud cae dentro de la excepcion para litigacion civil por pacientes (no por acciones gubernamentales). Analiza cuidadosamente si la solicitud proviene del gobierno o de un paciente o su representante.
ACCION URGENTE: El hospital debe consultar con un abogado de inmediato y NO debe cumplir con solicitudes no conformes antes de esa consulta.
Para entender mas sobre las protecciones de atencion medica en California, consulta nuestros articulos sobre el CP 13778.2 y la ley de escudo para el aborto.
Eres un proveedor de atencion medica afirmativa de genero o reproductiva que enfrenta solicitudes de informacion de otros estados? El CP 13778.3 proporciona protecciones sustanciales consulta a un abogado de inmediato
La Seccion 13778.3 del CP crea protecciones integrales para los proveedores de atencion medica afirmativa de genero y reproductiva mientras establece barreras claras para los esfuerzos de aplicacion de la ley de otros estados. A medida que continuan evolucionando los conflictos legales sobre el acceso a la atencion medica en diferentes estados, el marco protector de California proporciona precedentes importantes para defender a los proveedores de atencion medica y a los pacientes. Contactanos hoy para una consulta confidencial.
